El Tratado de la Unión atribuye a los órganos jurisdiccionales de los 27 Estados miembros la facultad de dirigirse al Tribunal de Justicia cuando, teniendo que aplicar una norma europea en el asunto que están juzgando, consideren que existen dudas sobre su validez o interpretación. Es lo que se conoce como procedimiento de decisión prejudicial.
El juez nacional pregunta al Tribunal Europeo si es de aplicación al caso una norma europea o cómo debe interpretarse la misma. El Tribunal contesta a su pregunta y con la respuesta, que tiene fuerza de cosa juzgada, el juez dicta su sentencia. El magistrado, titular del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Barcelona, señor Fernández Seijo, planteó al Tribunal la cuestión de si el sistema de ejecución hipotecaria previsto en la Ley de Enjuiciamiento Civil española restringe la protección contra las cláusulas abusivas en los contratos prevista en el ordenamiento jurídico europeo.