Irene Ariño, subdirectora del Instituto Juan de Mariana, explica en un artículo de opinión publicado en El Español que los derechos colectivos nunca deben limitar los individuales, ya que los primeros son un mero producto del derecho positivo.
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Según Ariño, «es el individuo el único sujeto que merece consideración moral, y son sus intereses los únicos que merecen protección, no como miembros de agrupaciones, ni siquiera como miembros de la sociedad, sino por el mero hecho de ser individuos».
«La configuración de derechos colectivos alrededor de grupos heterogéneos se acaba traduciendo en la institucionalización de los intereses de grupos privilegiados que, en muchas ocasiones, terminan por cercenar los derechos de los individuos cuyos intereses son minoritarios, se encuentran desorganizados o no están presentes en la formación de las normas que rigen las relaciones en el seno de una sociedad», explica.