TRIBUNA DE LA SOCIEDAD CIVIL DE ESPAÑA

Actualidad

Ajustes vendo,… pero para mí no tengo (Leopoldo Gonzalo)

Desde su constitución, el nuevo Gobierno del PP ha venido insistiendo en que no subiría el IVA. A finales de diciembre de 2011, con el objeto de contribuir a la consolidación fiscal (es decir, al objetivo del equilibrio presupuestario) procedió a subir el IRPF, incrementando entre 0´75 y 7 puntos los tipos impositivos de los diferentes tramos de su tarifa, y denominando a este incremento Recargo temporal de solidaridad, pues, en principio, sólo tendrá vigencia durante los ejercicios de 2012 y 2013. Según el ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro, esta medida era “menos dañina para el crecimiento económico de España”, y, además, “da la oportunidad de que baje la inflación”. Hay que recordar que el IRPF incide sobre las rentas del trabajo (que representan más del 80% de las rentas gravadas por el Impuesto) con toda la contundencia de su fuerte progresividad, pues las mismas son difícilmente sustraibles al sistema de retención en su fuente u origen, a diferencia de lo que sucede con las rentas procedentes del ejercicio de actividades empresariales o profesionales, normalmente sujetas al régimen de estimación objetiva por módulos. Esta subida del IRPF fue acompañada de una elevación del IBI –entre el 4 y el 10%-, en relación con los edificios cuyo valor catastral hubiese sido revisado con posterioridad a 2009.

Transcurridos seis meses desde la adopción de dicha medida, el citado ministro anunciaba la inminente subida del IVA, por exigirlo así el Eurogrupo como una de las condiciones para que España pudiera acceder a la línea de crédito necesaria para la recapitalización de la banca. Con este propósito, parecían ofrecerse las siguientes alternativas: 1ª) Subir el tipo general del Impuesto (desde el 18% actual hasta el 20 o 21%, según apuntaban determinadas fuentes); 2ª) Manteniendo la vigente estructura de tipos (4%, 8% y l8%, esto es, superreducido, reducido y general, respectivamente), someter a gravamen bienes que ahora lo están a un tipo determinado, a otro de los tipos superiores, lo que equivaldría a reclasificar la consideración fiscal de los mismos como de primera necesidad, de consumo más amplio -dentro de su carácter más o menos necesario-, y de consumo general, demostrativo de una mayor capacidad de pago (como quiera que en torno al 70%  del consumo de los hogares consiste en bienes y servicios sometidos a los tipos reducido y superreducido, se consideraba que, elevando estos tipos de gravamen, se obtendría un mayor incremento recaudatorio que aumentando el tipo general). En todo caso, la Comisión Europea ha manifestado reiteradamente la conveniencia de restringir el uso del tipo reducido, e incluso no aplicarlo a productos que generen efectos negativos sobre la salud y el medio ambiente. Y 3ª) Cabía también, por supuesto, la aplicación conjunta de las dos medidas anteriores. Por último, conviene recordar que, dado el procedimiento de recaudación del IVA, consistente en exigir a los empresarios y profesionales que intervienen en los procesos de producción y distribución de los diversos bienes y servicios, el ingreso periódico de la diferencia entre los IVAs soportados por sus adquisiciones  y los devengados por las entregas de bienes o prestaciones de servicios a sus clientes, y dado también que la fecha de cobro efectivo a estos últimos suele retrasarse notablemente (sobre todo en tiempos de crisis, debido al aumento de la morosidad) respecto a la de devengo del Impuesto, el IVA contribuye a agravar las dificultades de tesorería de las empresas, especialmente de las de tamaño pequeño y mediano (a fin de octubre de 2011, el importe de lo adelantado por los autónomos a Hacienda por este concepto ascendía a 1.930 millones de euros: un 1´9% del PIB, aproximadamente).

Donde dije digo, digo Diego. 

Pues bien como es conocido, en la sesión de control parlamentario del día 11 de julio, el presidente del Gobierno anunció la adopción de las siguientes medidas de ajuste, luego confirmadas por el último Consejo de ministros: 1ª) la subida del tipo general del IVA, del 18% al 21% (con lo que éste se situará por encima del tipo medio general Eur-27, que  actualmente es del 20´66%), así como del tipo reducido, desde 8% al 10%; 2ª) el sometimiento al nuevo tipo general de la mayoría de los bienes y servicios que hasta ahora tributaban al 8%, de manera que , en estos casos, la revisión al alza es de 13 puntos porcentuales, nada menos; 3ª) la supresión de la reintroducida deducción por adquisición de vivienda habitual, a partir de 2013 (estimada para 2012 en 2.523 millones de euros); 4ª) el refuerzo de la fiscalidad medioambiental con arreglo al principio de que quien contamina, paga; 5ª) la subida del Impuesto sobre las Labores de Tabaco; y 6ª) el endurecimiento de las condiciones para disfrutar de determinadas deducciones en el Impuesto sobre Sociedades y el aumento de los pagos fraccionados por este tributo.

Con estos retoques en el sistema impositivo y algunos recortes más en el gasto público (que van desde la reducción de las subvenciones a los partidos políticos, sindicatos y patronales, en un 20%, hasta la eliminación de una de las dos pagas extraordinarias anuales a los empleados públicos, pasando por la minoración del subsidio de desempleo a partir del séptimo mes, y una revisión del baremo y las prestaciones económicas del sistema de dependencia), el Ejecutivo prevé lograr una reducción del déficit público por importe de 65.000 millones de euros en los próximos dos años (6´5% del PIB).

Con independencia de los efectos sobre el crecimiento económico de los recortes en el gasto público, se plantea la cuestión de valorar las medidas tributarias ya realizadas por el Gobierno, y las que ahora anuncia su presidente, desde el punto de vista de la equidad en el reparto de la carga fiscal, laeficacia recaudatoria y la eficiencia económica.

Ni equidad, ni eficacia, ni eficiencia.

Por lo que respecta al primer punto, es evidente que si hasta ahora podía defenderse que, con independencia de su intensidad, la alternativa adoptada el pasado mes de diciembre de subir el IRPF cumplía mejor con el principio de equidad tributaria (al tratarse de un impuesto personal y progresivo sobre la renta), la anunciada subida del IVA –no menos drástica que la del IRPF- casa peor con las exigencias de dicho principio, dado que se trata de un tributo indirecto y regresivo, es decir, de un tributo que distribuye la carga fiscal de forma inversamente proporcional a la renta de los individuos, pues la propensión media al consumo es mayor a medida que se desciende en la escala de rentas, y gradualmente menor para los niveles superiores de la misma (en los  cuales aparece el ahorro como unbien superior). Y lo peor de la subida del IVA no es, con todo, la elevación de su tipo de gravamen general en tres puntos, sino la del tipo reducido en 13 puntos, nada menos, pues, como queda dicho, éste incide fundamentalmente sobre el consumo familiar, cuyo 70% consiste, precisamente, en bienes y servicios sometidos a esa alícuota impositiva y a la superreducida.

En relación con el segundo punto, cabe dudar de la eficacia recaudatoria futura tanto de la subida del IRPF como del IVA. Los últimos datos disponibles revelan que, en lo que ha transcurrido del actual ejercicio, la recaudación por el primero de estos impuestos cayó un 8%, y la correspondiente al segundo un 10%. Como la tasa interanual de las ventas minoristas ha caído un 11´3%, según el último dato correspondiente al pasado mes de abril, no parece razonable pensar que una disminución de la renta disponible (por la elevación del IRPF) y una significativa subida del Impuesto general sobre la ventas (tanto de su tipo general como del reducido), vayan a propiciar un aumento de la recaudación. Es más, probable que lo segundo -esto es, la subida del IVA-  estimule aún más la economía sumergida.

Y, finalmente, por lo que se refiere a la eficiencia económica, hay que decir que la probable caída del consumo que acabo de señalar  no va a contribuir, desde luego, al crecimiento económico ni, por tanto, al empleo. Un crecimiento todavía más negativo de la economía española (FUNCAS lo estimó en un -1´7% del PIB para 2012, antes de adoptarse las medidas fiscales que comentamos), supondrá todo lo contrario: un consumo menor, lo que se traducirá en una  menor producción; y ésta, en una disminución del empleo; y éste, a su vez, en una menor renta; lo que a la postre se traducirá en un consumo todavía menor,…Además, una mayor carga tributaria por IVA, mientras no se haga coincidir la fecha de ingreso del IVA devengado con la del cobro de las correspondientes operaciones de empresarios y profesionales, agravará las dificultades de tesorería de éstos aludida más arriba.            En definitiva, la intensificación de la presión tributaria -ya realizada o por realizar de modo inmediato-, con el objeto de evitar un recorte más drástico en el gasto público, que es la verdadera causa de nuestra delicada situación, no parece la medida más adecuada desde el punto de vista de los principios impositivos considerados, ni tampoco la más oportuna en la actual fase del ciclo económico. El sobredimensionamiento y la caótica configuración orgánico-funcional del llamado Estado de las Autonomías, ofrece, sin duda, un margen de maniobra mucho mayor para la práctica de los ajustes imprescindibles. Pero no parece fácil que caiga esa breva. Decía el Rey Sol que el Estado era él. En España, hoy, el Estado autonómico son ellos, todo el espectro partitocrático. Y aunque deseable por necesaria, no es de esperar su automutilación.

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